Unidad u órgano interno | Facultades, funciones o atribuciones | Fuente legal | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación (dd/mm/aaaa) |
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OFICINA CENTRAL NACIONAL INTERPOL | Repartición encargada de servir de enlace entre la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal O.I.P.C. -, los demás países afiliados a dicha organización y la Policía de Investigaciones de Chile, como representante legal del país ante la misma. | Artículo 35, Reglamento Orgánico PDI. | Ver enlace | 23/01/2019 |
En el ámbito nacional coordinará y centralizará todos los asuntos que interesen a la Institución y a otros organismos nacionales en relación con la criminalidad internacional. | Artículo 35, Reglamento Orgánico PDI. | Ver enlace | 23/01/2019 | |
Centralizar y transmitir las informaciones y antecedentes relativos a la delincuencia, cuando revistan interés para los fines de la Organización. | Artículo 36, Reglamento Orgánico PDI. | Ver enlace | 23/01/2019 | |
Realizar o solicitar, cuando corresponda, en el territorio nacional las diligencias policiales que le sean requeridas. | Artículo 36, Reglamento Orgánico PDI. | Ver enlace | 23/01/2019 | |
Responder las solicitudes de información de antecedentes, identificación y ubicación de personas, verificación de documentos, datos estadísticos, y en general, sobre cualquier materia que se le consulte. | Artículo 36, Reglamento Orgánico PDI. | Ver enlace | 23/01/2019 | |
Transmitir, para su ejecución en el extranjero, las peticiones que efectúen las demás dependencias de la Institución, los Tribunales de Justicia, y las que formulen, por escrito, los particulares y que sean previamente calificadas por el Director General. | Artículo 36, Reglamento Orgánico PDI. | Ver enlace | 23/01/2019 | |