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A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo (PDI).

En relación a los actos publicados a continuación es importante precisar que se indican sólo aquellas modificaciones que hubiesen ocurrido con posterioridad al 1 de julio de 2010. Por lo tanto, en aquellos casos en que se señale que no existen modificaciones, ello no implica necesariamente que ello no hubiese ocurrido entre la fecha su publicación en el Diario Oficial y el 1 de julio de 2010. Esto en virtud de que esta información corresponde señalarla a partir de la entrada en vigencia de la Instrucción General N°4 de Consejo para la Transparencia.

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
DIRECCIÓN GENERAL Dirección y administración de la Policía de Investigaciones de Chile. Artículo 9° Ley Orgánica PDI. ver enlace 22/02/2018
Nombramiento y baja del personal de la planta de Apoyo General y de los Aspirantes de la Escuela de Investigaciones Policiales. Artículo 10 Nº 1, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Entrega de la información que sea requerida por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por medio de la Subsecretaría del Interior, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 3º de la ley Nº 20,502 Artículo 10 Nº 2, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Destinación y traslado del personal de la Institución Artículo 10 Nº 3, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Concesión de anticipos de remuneraciones, en conformidad a las disposiciones estatutarias, al personal que deba cambiar de residencia con motivo de nueva destinación. Artículo 10 Nº 4, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Otorgamiento de pasajes y fletes al personal que tenga derecho a estos beneficios, de acuerdo con el reglamento. Artículo 10 Nº 5, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Ejercicio de las atribuciones disciplinarias que le otorguen los reglamentos. Artículo 10 Nº 6, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Autorización al personal para contraer matrimonio, de acuerdo con la reglamentación correspondiente. Artículo 10 Nº 7, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Comisiones de servicio, en conformidad a las disposiciones reglamentarias. Artículo 10 Nº 8, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
Otorgamiento de feriados, licencias y permisos, con o sin goce de remuneraciones. Artículo 10 Nº 9, Ley Orgánica PDI. ver enlace22/02/2018
En general, todas aquellas resoluciones, conducentes al buen funcionamiento de la Institución que determine el reglamento Artículo 10 Nº 10, Ley Orgánica PDI. ver enlace 22/02/2018
La Dirección General podrá contratar trabajadores en calidad de jornal por los períodos que se requieran, de acuerdo con las necesidades de la institución, en conformidad al reglamento correspondiente e informando de ellas, semestralmente, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por medio de la Subsecretaría del Interior. El pago de las remuneraciones de este personal, y de los demás beneficios legales se hará con cargo a los fondos que anualmente consulte, para tal objeto, la Ley de Presupuesto. Artículo 13, Ley Orgánica PDI. ver enlace 22/02/2018
Con cargo a los fondos que consulte la Ley de Presupuesto de la Nación, podrán concederse anticipos de sueldos, viáticos, e indemnizaciones por cambio de residencia. Artículo 14, Ley Orgánica PDI. ver enlace 22/02/2018
Organizar y supervisar todas las reparticiones de la Institución. Artículo 25 Nº 1, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Proponer al Supremo Gobierno los nombramientos, ascensos, bajas del personal, cuando deban efectuarse por decreto. Artículo 25 Nº 2, Reglamento Orgánico de la PDI. ver enlace23/01/2019
Conceder permisos especiales, con goce de remuneraciones, hasta por ocho días continuos o fraccionados, en cada año calendario al personal de la Institución, como compensación a acuartelamientos, servicios especiales o recargos de los mismos. Estos permisos se otorgarán de oficio y no serán acumulables con otros o con el feriado. Artículo 25 Nº 11, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace23/01/2019
Conceder otros permisos, autorizaciones y beneficios que correspondan a los funcionarios, conforme a las disposiciones vigentes. Artículo 25 Nº 12, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Reconocer al personal que cumpla los correspondientes requisitos habilitantes, determinadas calidades que los capacita para desempeñar funciones que requieran conocimientos especiales o para disfrutar de sobresueldos u otros beneficios económicos adicionales que les confieran las leyes y reglamentos. Artículo 25 Nº 13, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Encomendar trabajos de índole profesional y técnico, remunerados en base a honorarios a profesionales, técnicos y peritos, ajenos a la Institución, previa autorización otorgada por decreto supremo. Artículo 25 Nº 14, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Contratar, por necesidades de la Institución, personal para ejercer empleos que no tengan el carácter de permanentes, con o sin obligación de cumplir jornada completa. Artículo 25 Nº 15, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Contratar trabajadores en calidad de jornal por los períodos que se requieran, de acuerdo con las necesidades de la Institución, en conformidad al reglamento correspondiente. Artículo 25 Nº 16, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Proveer al personal de la Institución de vestuario, equipo y alimentación por cuenta fiscal, conforme a las modalidades y procedimientos establecidos en la reglamentación interna. Artículo 25 Nº 17, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Representar a la Institución en las convenciones y actos jurídicos en general, que deba suscribir, en los casos señalados por la ley en materias relativas a la administración de los bienes institucionales. Artículo 25 Nº 18, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
Suscribir, en representación de la Institución, los documentos que se refieran a la contratación de personal, los convenios y acuerdos que se celebren con otros organismos nacionales o internacionales, en los que se comprometa la participación o la colaboración de la Policía de Investigaciones de Chile, en el ámbito de sus objetivos, misiones y fines. Artículo 25 Nº 19, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019
El Director General podrá delegar, mediante resolución, las facultades contempladas en el artículo anterior, con excepción de las indicadas en los N°s. 2° y 3°, en los Subdirectores, Jefe de la Inspectoría General, Jefes de Jefaturas, de Prefecturas y otros Jefes que ejerzan mando. Artículo 26, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace 23/01/2019

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