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logoFacultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

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A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo (PDI).

En relación a los actos publicados a continuación es importante precisar que se indican sólo aquellas modificaciones que hubiesen ocurrido con posterioridad al 1 de julio de 2010. Por lo tanto, en aquellos casos en que se señale que no existen modificaciones, ello no implica necesariamente que ello no hubiese ocurrido entre la fecha su publicación en el Diario Oficial y el 1 de julio de 2010. Esto en virtud de que esta información corresponde señalarla a partir de la entrada en vigencia de la Instrucción General N°4 de Consejo para la Transparencia.

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
JEFATURA NACIONAL CONTRA DELITOS SEXUALES Ejercerá tuición técnica sobre las Brigadas y Oficiales Coordinadores de la especialidad, en la investigación de delitos sexuales, regulando y orientando su actuación, mediante instrucciones de carácter general. Artículo 90, Reglamento Orgánico PDI.Ver enlace 23/01/2019
Centralizar la información de las diligencias que realicen las distintas Brigadas y Oficiales Coordinadores, relacionadas con la especialidad. Artículo 91, letra a), Reglamento Orgánico PDI. Ver enlace23/01/2019
Contribuir al perfeccionamiento de los Oficiales Policiales que cumplan funciones de la especialidad. Artículo 91, letra b), Reglamento Orgánico PDI. Ver enlace23/01/2019
Elaborar cartillas instructivas de normas básicas de procedimiento policial en la investigación de delitos sexuales, relativas a la planificación y ejecución de acciones, al intercambio de información y antecedentes por las distintas Brigadas Investigadoras de Delitos Sexuales y con los Oficiales Coordinadores de esta función. Artículo 91, letra c), Reglamento Orgánico PDI. Ver enlace 23/01/2019
Mantener contactos e intercambios de información con organismos nacionales e internacionales y confeccionar los trabajos que la superioridad le encomiende. Artículo 91, letra d), Reglamento Orgánico PDI. Ver enlace 23/01/2019
Confeccionar cuadros estadísticos de la labor realizada por las distintas Brigadas Investigadoras de Delitos Sexuales. Artículo 91, letra e), Reglamento Orgánico PDI. Ver enlace 23/01/2019
Organizar a nivel nacional charlas, conferencias, simposios, coloquios y otras reuniones de trabajo, que sirvan para el intercambio de experiencias en la investigación de los delitos de su competencia, como asimismo, para analizar aquellos cuyo esclarecimiento se encuentre pendiente. Artículo 91, letra f), Reglamento Orgánico PDI. Ver enlace 23/01/2019

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