Unidad u órgano interno | Facultades, funciones o atribuciones | Fuente legal | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Fecha última modificación (dd/mm/aaaa) |
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DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS INSTITUCIONAL | Proponer al mando institucional, la instauración de Políticas de Prevención de Riesgos que corresponda en las respectivas áreas de trabajo. | Orden General Nº 2.283, Dirección General. | Ver enlace | Sin modificaciones |
Supervisar y evaluar el cumplimiento de actividades relacionadas con la implementación de Políticas de Prevención de Riesgo. | Orden General Nº 2.283, Dirección General. | Ver enlace | Sin modificaciones | |
Asesorar e instruir al personal institucional para la correcta utilización de los elementos de protección personal. | Orden General Nº 2.283, Dirección General. | Ver enlace | Sin modificaciones | |
Reconocer, evaluar, controlar, educar y capacitar al personal de acuerdo a los riesgos existentes en sus áreas de trabajo. | Orden General Nº 2.283, Dirección General. | Ver enlace | Sin modificaciones | |
Vigilar el cumplimiento de las empresas externas en cuanto a la normativa vigente, sobre las medidas de prevención de higiene y seguridad. | Orden General Nº 2.283, Dirección General. | Ver enlace | Sin modificaciones | |
Controlar y desarrollar medidas de carácter correctivo y normativas relacionadas con los aspectos de control de riesgos operacionales. | Orden General Nº 2.283, Dirección General. | Ver enlace | Sin modificaciones | |
Centralizar la información relacionada con las mismas para optimizar la toma de decisiones del Mando Institucional, a través de una adecuada unificación de criterios en materia de prevención de riesgos. | Orden General Nº 2.283, Dirección General. | Ver enlace | Sin modificaciones |