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A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo (PDI).

En relación a los actos publicados a continuación es importante precisar que se indican sólo aquellas modificaciones que hubiesen ocurrido con posterioridad al 1 de julio de 2010. Por lo tanto, en aquellos casos en que se señale que no existen modificaciones, ello no implica necesariamente que ello no hubiese ocurrido entre la fecha su publicación en el Diario Oficial y el 1 de julio de 2010. Esto en virtud de que esta información corresponde señalarla a partir de la entrada en vigencia de la Instrucción General N°4 de Consejo para la Transparencia.

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
DIRECCIÓN GENERAL Dirección y administración de la Policía de Investigaciones de Chile. Artículo 9º, Ley Orgánica PDI. ver enlace 21/10/2014
Nombramiento y baja del personal de la planta de Apoyo General y de los Aspirantes de la Escuela de Investigaciones Policiales. Artículo 10 Nº 1, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Entrega de la información que sea requerida por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por medio de la Subsecretaría del Interior, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 3º de la ley Nº 20,502 Artículo 10 Nº 2, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Destinación y traslado del personal de la Institución Artículo 10 Nº 3, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Concesión de anticipos de remuneraciones, en conformidad a las disposiciones estatutarias, al personal que deba cambiar de residencia con motivo de nueva destinación. Artículo 10 Nº 4, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Otorgamiento de pasajes y fletes al personal que tenga derecho a estos beneficios, de acuerdo con el reglamento. Artículo 10 Nº 5, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Ejercicio de las atribuciones disciplinarias que le otorguen los reglamentos. Artículo 10 Nº 6, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Autorización al personal para contraer matrimonio, de acuerdo con la reglamentación correspondiente. Artículo 10 Nº 7, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Comisiones de servicio, en conformidad a las disposiciones reglamentarias. Artículo 10 Nº 8, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
Otorgamiento de feriados, licencias y permisos, con o sin goce de remuneraciones. Artículo 10 Nº 9, Ley Orgánica PDI. ver enlace21/10/2014
En general, todas aquellas resoluciones, conducentes al buen funcionamiento de la Institución que determine el reglamento Artículo 10 Nº 10, Ley Orgánica PDI. ver enlace 21/10/2014
Organizar y supervisar todas las reparticiones de la Institución. Artículo 25 Nº 1, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Proponer al Supremo Gobierno los nombramientos, ascensos, bajas del personal, cuando deban efectuarse por decreto. Artículo 25 Nº 2, Reglamento Orgánico de la PDI. ver enlace Sin modificaciones
Conceder permisos especiales, con goce de remuneraciones, hasta por ocho días continuos o fraccionados, en cada año calendario al personal de la Institución, como compensación a acuartelamientos, servicios especiales o recargos de los mismos. Estos permisos se otorgarán de oficio y no serán acumulables con otros o con el feriado. Artículo 25 Nº 11, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Conceder otros permisos, autorizaciones y beneficios que correspondan a los funcionarios, conforme a las disposiciones vigentes. Artículo 25 Nº 12, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Reconocer al personal que cumpla los correspondientes requisitos habilitantes, determinadas calidades que los capacita para desempeñar funciones que requieran conocimientos especiales o para disfrutar de sobresueldos u otros beneficios económicos adicionales que les confieran las leyes y reglamentos. Artículo 25 Nº 13, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Encomendar trabajos de índole profesional y técnico, remunerados en base a honorarios a profesionales, técnicos y peritos, ajenos a la Institución, previa autorización otorgada por decreto supremo. Artículo 25 Nº 14, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Contratar, por necesidades de la Institución, personal para ejercer empleos que no tengan el carácter de permanentes, con o sin obligación de cumplir jornada completa. Artículo 25 Nº 15, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Contratar trabajadores en calidad de jornal por los períodos que se requieran, de acuerdo con las necesidades de la Institución, en conformidad al reglamento correspondiente. Artículo 25 Nº 16, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Proveer al personal de la Institución de vestuario, equipo y alimentación por cuenta fiscal, conforme a las modalidades y procedimientos establecidos en la reglamentación interna. Artículo 25 Nº 17, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Representar a la Institución en las convenciones y actos jurídicos en general, que deba suscribir, en los casos señalados por la ley en materias relativas a la administración de los bienes institucionales. Artículo 25 Nº 18, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones
Suscribir, en representación de la Institución, los documentos que se refieran a la contratación de personal, los convenios y acuerdos que se celebren con otros organismos nacionales o internacionales, en los que se comprometa la participación o la colaboración de la Policía de Investigaciones de Chile, en el ámbito de sus objetivos, misiones y fines. Artículo 25 Nº 19, Reglamento Orgánico PDI. ver enlace Sin modificaciones

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